Si viene por mi mamá yo soy parte del paquete...
Una característica de la
familia actual es su diversidad estructural y dinámica. Últimas investigaciones
señalan que no existe una correlación entre la forma de familia y su
viabilidad; más bien, ésta depende de la calidad de los vínculos entre sus
miembros.
Todas las familias son igualmente valiosas cuando cumplen adecuadamente sus funciones nutritivas (afecto, cuidado, protección, alimentación) y normativas (educación y socialización).
Cada configuración familiar tiene una dinámica propia que se corresponde con su estructura, también, particular y, por lo tanto, ninguna ayuda psicológica será efectiva si quien la ofrece desconoce esas diferencias. Por el contrario, la mala praxis es origen de graves disfunciones familiares. Debido a todo ello, es necesario que los profesionales (psicoterapeutas, consejeros, abogados de familia, etc.) que las asisten, cuenten con la información necesaria para comprender la complejidad de los procesos que atraviesan y puedan así, brindarles una ayuda efectiva cualquiera sea el enfoque utilizado.
Todas las familias son igualmente valiosas cuando cumplen adecuadamente sus funciones nutritivas (afecto, cuidado, protección, alimentación) y normativas (educación y socialización).
Cada configuración familiar tiene una dinámica propia que se corresponde con su estructura, también, particular y, por lo tanto, ninguna ayuda psicológica será efectiva si quien la ofrece desconoce esas diferencias. Por el contrario, la mala praxis es origen de graves disfunciones familiares. Debido a todo ello, es necesario que los profesionales (psicoterapeutas, consejeros, abogados de familia, etc.) que las asisten, cuenten con la información necesaria para comprender la complejidad de los procesos que atraviesan y puedan así, brindarles una ayuda efectiva cualquiera sea el enfoque utilizado.
Algunos datos a tener en cuenta:
- La mayoría de las familias ensambladas desconocen sus propias pautas de funcionamiento, tienden a funcionar como si fueran una familia tradicional y fracasan en el intento.
- La mayoría de los padres que se separan, abrumados por la crisis y la incertidumbre, tienen dificultades para reorganizarse como una familia bi-nuclear y continuar ejerciendo conjuntamente la parentalidad.
- Las disfunciones familiares afectan fundamentalmente a los niños y a los adolescentes.
- El 80% de quienes se separan se vuelven a casar o unir.
- La mayoría de estas personas son progenitores, por lo que conforman familias ensambladas.
- Un número importante de estas personas se vuelven a casar o unir en los 2 años subsiguientes a su separación, por lo que los temas de separación y ensamble se mezclan, dificultando ambos procesos.
- Muchas personas necesitan ayuda profesional para reorganizar su familia, tanto después del divorcio como después del ensamble.
- Desde una perspectiva psicológica, las parejas con hijos de relaciones previas que optan por una unión de hecho, experimentan las mismas exigencias y las mismas tensiones intra y extra familiares, que las unidas legalmente por segunda vez.
- Las relaciones entre los miembros de las familias ensambladas no se dan espontáneamente como ocurre en las familias del primer matrimonio. Estas relaciones deben construirse “ladrillo a ladrillo” y todo el proceso de integración lleva de 4 a 7 años.
- La tasa de divorcios de las familias ensambladas supera la de los primeros matrimonios. En un notable número de casos el fracaso matrimonial se relaciona con el desconocimiento de la pareja acerca de cómo debe funcionar s u nueva familia y tratan de hacerlo con las reglas de la familia tradicional.
- Qué miembros se incluyen como parte de la familia ensamblada, varía según autores y países. En USA, la Oficina de Censos cuenta como familias ensambladas, sólo aquellas en las cuales conviven hijastros.
- En la Argentina, la denominación familia ensamblada incluye tanto al núcleo formado por progenitor recasado a cargo de los hijos de una unión anterior, como al conformado por el padre que no convive con los hijos. “Nos inclinamos por tal extensión, porque nuestra ley considera pariente por afinidad al hijo del cónyuge de una unión precedente (art. 363 C. C.), exista o no convivencia”. Grosman – Martinez Alcorta. Familias Ensambladas. Ed. Universidad. Buenos Aires. 2000.
Dra.
Dora Davison
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